jueves, 21 de mayo de 2009

PLAN DE MEJORAMIENTO

LA SOCIEDAD ANONIMA SE CARACTERIZA

Características

En términos generales, las sociedades anónimas se reputan siempre mercantiles, aun cuando se formen para la realización de negocios de carácter civil.
En la mayoría de las legislaciones, y en la doctrina, se reconoce como principales características de este tipo de sociedad las siguientes:
-Limitación de responsabilidad de los socios frente a terceros.
-División del capital social en acciones.
-Negociabilidad de las participaciones.
-Estructura orgánica personal.
-Existencia bajo una denominación pública.


LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:

Requisitos de los Socios

-Sólo pueden ser socios de la sociedad Nueva Empresa las Personas Físicas.
-En su constitución no puede superarse el número de 5 socios. Sólo en el supuesto de transmisión posterior de participaciones puede superarse este número.
-No puede constituir ni adquirir la condición de socio único de una Sociedad Nueva Empresa quienes ya ostenten la condición de socios únicos en otra sociedad de este tipo
-No será precisa la llevanza del libro registro de socios, acreditándose dicha condición mediante el documento público en el que se hubiere constituido la misma.


EL PRINCIPIO BASICO SOBRE CUAL SE RIGE LA CONTABILIDAD

* Entidad.
* Realización.
* Período Contable.
* El valor histórico original.
* El negocio en marcha.
* Dualidad económica.
* Revelación suficiente.
* Importancia relativa.
* Consistencia.

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